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Pretenden levantar un hotel en una Reserva Natural salteña fuera de la ley

  • Por: Emi Alonso para QPSalta
Con una particular interpretación de leyes y ordenanzas, el desarrollador inmobiliario omitió puntos esenciales para llevar a cabo su proyecto.

La desmedida ambición puede mover montañas, o en este caso, construir sobre ellas proyectos faraónicos contra toda ley. Las limitaciones parecen no estar en la agenda de este desarrollador inmobiliario que contra viento y marea apunta a concretar el emplazamiento de este “Complejo Turístico” en Tres Cerritos.

Una de las primeras limitaciones que este proyecto encontró es la legislación provincial y nacional en materia de Ordenamiento Territorial para la preservación de Bosques Nativos (OTBN), por esto pretende ampararse en un intento de re categorización derogado, y que sea el municipio quien lo reglamente.

Tiempo atrás, por medio de 2 decretos provinciales los municipios tenían la capacidad de “recategorizar” las áreas, algunos se aprovecharon de esto para arrasar miles de hectáreas de bosques, por lo que Organizaciones No Gubernamentales (ONG) se lanzaron a una campaña de escraches consiguiendo que los decretos 2211/10 y 3136/11 se deroguen.

A partir de esto, toda recategorización de Areas Protegidas debe realizarse solo con el objetivo de expandir los espacios de preservación, esto quiere decir que de ninguna manera un área protegida por la Ley Nacional 7543 (OTBN) puede perder ese amparo. Cabe recordar, que en el Artículo 5 de esta ley, las áreas protegidas se clasifican bajo tres colores: rojo, amarillo, y verde.

El color amarillo, según el Art. 13 representa la Categoría II y nuclea “sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que a juicio de la Autoridad de Aplicación con la implementación de actividades de restauración pueden tener un alto valor de conservación”. Además, en el Art. 14 de la misma ley, señala que las zonas comprendidas en la Categoría II son aquellas que poseen una pendiente superior el quince por ciento (15%).

Este proyecto del mega hotel por el que Hilton mira a Salta con buenos ojos, pretende emplazarse en una zona de la Categoría II. Existen hasta aqui, 2 limitaciones legales muy importantes, por un lado la actividad hotelera de una cadena multinacional no está contemplada entre las que se permiten para estas zonas, y por el otro, la destrucción del bosque y posterior construcción en pendientes superiores al 15%, ya que esto podría originar deslizamientos como han ocurrido en Bolivia meses atrás.

 

 

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