Dólares del colchón: El Gobierno activó la Ley de Inocencia Fiscal y cambió las reglas del juego

El Gobierno nacional reglamentó este lunes la Ley de Inocencia Fiscal, una de las reformas tributarias centrales de la gestión de Javier Milei, y dio inicio a un nuevo modelo impositivo orientado a facilitar la formalización de ahorros no declarados, incluidos los denominados “dólares del colchón”, sin someter a los contribuyentes a fiscalizaciones sobre la evolución de su patrimonio.

La medida quedó oficializada a través del Decreto 93/2026, publicado en el Boletín Oficial, que puso en vigencia el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y estableció límites explícitos al alcance de las inspecciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). A partir de ahora, el control fiscal se concentrará exclusivamente en los ingresos facturados y declarados.

Un nuevo criterio fiscal

El eje central de la reglamentación es el cambio de paradigma tributario. Quienes adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias quedarán comprendidos en un sistema que deja de presumir incrementos patrimoniales no justificados y se apoya únicamente en la facturación declarada.

Entre los puntos principales del nuevo régimen se destacan:

  • Blindaje patrimonial: ARCA no podrá fiscalizar incrementos patrimoniales, consumos personales ni depósitos bancarios.
  • Impuesto por facturación: el impuesto a las Ganancias se calculará solo sobre los ingresos declarados y las deducciones admitidas.
  • Declaración jurada precargada: el organismo pondrá a disposición una DDJJ que el contribuyente podrá aceptar o modificar.
  • Efecto liberatorio: el pago en término libera de reclamos administrativos o penales por esos períodos, salvo omisión de ingresos facturados.

El régimen es voluntario y alcanza a personas humanas con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio máximo de $10.000 millones, verificados en los últimos tres ejercicios. Los grandes contribuyentes quedan excluidos.

Cambios en el régimen penal tributario

La reglamentación también introdujo modificaciones profundas en el Régimen Penal Tributario, con una actualización significativa de los montos a partir de los cuales una infracción se considera delito.

Los nuevos umbrales establecen que:

  • La evasión simple pasa de $1,5 millones a $100 millones.
  • La evasión agravada se eleva de $15 millones a $1.000 millones.
  • El plazo de prescripción se reduce de cinco a tres años para contribuyentes cumplidores.

Además, se habilitan mecanismos para la extinción de la acción penal, como el pago único de capital e intereses sin denuncia penal (por única vez) y la posibilidad de regularizar deudas sin denuncia previa mediante el pago del monto adeudado más un recargo del 50% dentro de los 30 días.

Uso de ahorros no declarados y nuevas reglas de control

El decreto precisó también cómo podrán incorporarse los fondos no declarados. Para operar dentro del régimen, el dinero deberá ingresar al sistema financiero, ya sea al inicio o en el destino de la operación. Se mantiene la excepción para la compra de inmuebles en efectivo.

En paralelo, se elevaron los umbrales de información bancaria: las operaciones de hasta $10 millones mensuales no generarán reportes automáticos.

El esquema sancionatorio fue actualizado con un nuevo procedimiento que incluye avisos previos obligatorios de entre 10 y 15 días hábiles para regularizar antes de una intimación formal, y un sistema de gradación de sanciones, con tratamiento diferencial para pymes y reducciones de hasta el 50% si se regulariza en plazo.

Desde el Ministerio de Economía estiman que existen alrededor de USD 170.000 millones fuera del circuito formal. Con esta reglamentación, el Gobierno apuesta a transformar la regularización de ahorros en un mecanismo permanente, basado en un principio central: controlar únicamente lo que se declara y se paga de ahora en adelante.

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