Nacionales

Vacaciones, licencias e indemnizaciones: los cambios que el Gobierno busca aprobar pronto

El Gobierno Nacional y representantes del sector empresario avanzan en el análisis de un borrador de reforma laboral que introduce modificaciones en vacaciones, licencias por enfermedad e indemnizaciones. El documento, elaborado en el marco del Consejo de Mayo, aún se encuentra en debate y genera tensiones con la CGT, que rechaza varios de sus puntos centrales. La intención oficial es enviarlo al Congreso hacia fin de año como parte del paquete de reformas estructurales.

Según trascendió, el proyecto plantea una reescritura integral de artículos clave de la Ley de Contrato de Trabajo. Uno de los cambios más relevantes corresponde al esquema de vacaciones. El borrador establece que los descansos anuales deberán otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, salvo acuerdo entre las partes. La fecha de inicio deberá comunicarse por escrito con una anticipación mínima de 45 días, aunque las convenciones colectivas podrán determinar otros mecanismos.

El texto también habilita el fraccionamiento del descanso anual, con tramos mínimos de una semana, y dispone que, cuando las vacaciones no se otorguen de manera simultánea, la empresa deberá garantizar que cada trabajador tenga al menos un período en la temporada de verano una vez cada tres años. Además, se aclara que, si el período coincide con una licencia por enfermedad, los días pendientes deberán reprogramarse conforme a los criterios establecidos.

Otro punto central de la reforma es el nuevo régimen de licencias por enfermedad o accidente no laboral. El borrador fija una prestación dineraria no remunerativa a cargo del empleador, equivalente al 80% del haber neto, y define plazos según antigüedad: tres meses para quienes tengan menos de cinco años de trabajo y seis meses para quienes superen ese período. Para trabajadores con cargas de familia, la cobertura se extiende a seis y doce meses respectivamente.

El texto detalla los requisitos que deberán cumplir los certificados médicos, especifica las facultades de control del empleador y aclara que una suspensión disciplinaria o económica no afectará el derecho a cobrar la prestación si la enfermedad ocurre durante o después de la medida.

En cuanto a la indemnización por antigüedad, el borrador redefine la fórmula de cálculo. Plantea que el empleador deberá abonar un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual del último año. También introduce topes vinculados a los convenios colectivos y un límite mínimo que garantiza que la base no se reduzca por debajo del 67% del valor calculado inicialmente. La indemnización no podrá ser inferior a un mes de sueldo.

El proyecto incorpora, además, la posibilidad de que los convenios colectivos reemplacen el sistema de indemnización por un fondo de cese laboral o un seguro equivalente, cuyo costo estará siempre a cargo del empleador. Este mecanismo, de aplicarse, sustituiría por completo la indemnización tradicional.

El documento continúa en revisión y forma parte del temario que el Poder Ejecutivo busca unificar antes de fin de año, con el objetivo de debatirlo en el Congreso durante las sesiones extraordinarias. Mientras tanto, las negociaciones mantienen posiciones enfrentadas entre el Gobierno y la CGT, que advierte que el borrador representa un retroceso en derechos laborales.

📌 Seguínos en nuestras redes sociales!

Artículos Relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver al botón superior