En marzo de 2023, el asesino fue denunciado por violencia de género y violencia familiar. La presentación describió agresiones contra su entonces pareja y un episodio en el que, según consta en la causa, habría golpeado en el rostro a su hijo, que tenía apenas tres meses. Se dictaron medidas de protección, pero una de ellas no pudo ser notificada porque el hombre ya no vivía en el domicilio informado. Tres años después, Ramírez está imputado por el crimen de Cintia Díaz.
El caso quedó registrado en el expediente EXP-940215/23, tramitado en el Distrito Judicial del Sur, con asiento en Metán. Allí quedó asentado el relato de una mujer que decidió acudir a los tribunales para denunciar una situación de violencia y pedir protección para ella y su hijo.
Según la documentación judicial, uno de los episodios ocurrió cuando el bebé comenzó a llorar. En ese momento, Ramírez habría reaccionado violentamente: “primero le apretó la cara al pequeño y después le dio una cachetada”.
Como consecuencia de aquella agresión, el niño habría quedado con una marca en el rostro y su madre buscó atención médica. Luego dejó asentado lo ocurrido ante la Justicia. Pero la denuncia no se limitó a ese episodio. La mujer también describió agresiones sufridas contra ella, además de amenazas, celos y situaciones de control. Entre los hechos relatados aparece un golpe en el ojo y, según su declaración, no habría sido la primera situación de violencia. Todo quedó incorporado al expediente.
El dato adquiere especial relevancia a la luz de la investigación por el crimen de Cintia. Una de las hipótesis que se analiza en la causa está vinculada justamente a los celos que Ramírez habría tenido hacia Cintia antes del ataque que terminó con su vida. Por ahora, se trata de una línea investigativa y no de una conclusión judicial.
A partir de esa presentación, la Justicia dispuso medidas de protección para la mujer y el pequeño. Ramírez debía abstenerse de ejercer actos de violencia, tenía prohibido acercarse y tampoco podía mantener contacto con ellos. Además, se ordenaron rondas policiales durante diez días.
Por entonces, la causa de violencia de género estaba bajo la intervención del juez Carmelo Paz, quien dispuso que la Fiscalía N.º 2 continuara con la investigación, pero no sucedió.
De esta manera, la denuncia no quedó solamente en una medida de protección. La Fiscalía debía avanzar con las actuaciones derivadas de los hechos denunciados, mientras desde el ámbito judicial se habían dispuesto medidas para resguardar a la mujer y a su hijo.
Sin embargo, fue justamente en la ejecución de esas medidas donde apareció uno de los puntos más sensibles del expediente.
La Policía fue a notificarlo y no lo encontró
Una de las actuaciones incorporadas a la causa deja constancia de que personal policial concurrió al domicilio informado para notificar a Ramírez. Pero el hombre no estaba.
Según quedó asentado en el informe, ya no vivía allí. Un vecino manifestó que hacía varios meses que no lo veía y que tampoco sabía cuándo podía regresar. Por ese motivo, la notificación no pudo concretarse.
Además, la documentación judicial señala que la situación debía ser comunicada al fiscal penal para que analizara la posible existencia de un delito de desobediencia judicial. Cabe señalar qué el femicida posteriormente fue denunciado por infringir las medidas impartidas por el juez Paz, aún así, no hubo consecuencias mayores para este delincuente.
A partir de allí, el expediente muestra una situación que hoy adquiere otra dimensión.
Una mujer había denunciado violencia. Se habían dictado medidas para protegerla. La Policía debía notificar al denunciado y no pudo hacerlo porque ya no estaba en el domicilio. En esos casos, la intervención estatal no debería terminar con un acta que deja constancia de que el denunciado no fue encontrado.
La medida debía hacerse efectiva y, si no era posible hacerlo en el domicilio indicado, correspondía continuar con las actuaciones necesarias para localizarlo y garantizar su cumplimiento.
Más aún cuando en la misma causa se había denunciado un episodio de violencia contra un bebé de apenas tres meses.
Tres años después, Cintia está muerta
El tiempo pasó y Cintia Díaz terminó asesinada. Gastón Fernando Ramírez quedó imputado por homicidio cuádruplemente calificado por la relación de pareja, por mediar violencia de género, por alevosía y por ensañamiento.
Ahora la investigación deberá determinar su responsabilidad penal por el crimen. Sin embargo, el expediente EXP-940215/23 vuelve a cobrar relevancia porque permite reconstruir un antecedente que ocurrió mucho antes de la muerte de Cintia.
No se puede afirmar que una actuación judicial diferente hubiera evitado necesariamente el asesinato. Esa conclusión no puede hacerse retrospectivamente sin pruebas. Pero lo que sí está documentado es que Ramírez ya había sido denunciado por violencia contra su niño de tres meses y ni siquiera la Asesoría de Menores pidió la detención de este violento.
Parece una obviedad pero aún hay que recordarle a la Justicia que cuando una mujer llega para denunciar violencia, está poniendo en conocimiento del Estado una situación que puede agravarse. Y cuando además hay un bebé involucrado, la respuesta debería ser todavía más rigurosa.
Tres años después, el desenlace es irreversible. Cintia está muerta. Su familia quedó destruida y Ramírez enfrenta una acusación gravísima por su asesinato.
📌 Publicado por Diario InfoSalta
