La ley provincial que frena los desalojos campesinos se prorrogó un año más. La medida, si bien es favorable al sector de las familias campesinas y pequeños agricultores, no termina de solucionar el problema de fondo; la regularización de los títulos de la tierra. La ley, y su reglamentación, continúan sin asegurar el derecho a la tierra. Vistas de cerca, las vaquitas siguen siendo ajenas.
*Por Cecilia Mercado Monastyrski
Pos elecciones y con una popularidad baja del peronismo salteño, se votó a favor de extender la prorroga que suspende los desalojos a familias rurales y pequeños campesinos. Una medida amigable con un sector que sin embargo no resolvería la cuestión de fondo. Y es que haciendo lupa en la ley, su reglamentación y todos los intereses que se entrelazan por las tierras, sobre todo en la zona este y sur de la provincia, este tiempo de gracia crea situaciones burocráticas para el sector de pequeños campesinos sin esclarecer su situación, al tiempo que podría ser utilizado por el sector del empresariado rural para enmascarar futuros desmontes.
En retrospectiva, la ley provincial 7658 aparece en otro momento político del país. A nivel nacional se daba lugar jurídico a problemáticas de tierras: tanto de las comunidades originarias (ley nacional de emergencia territorial/2006) como a los desmontes (la llamada ley de bosques/2007). Así en diciembre del 2010, en consonancia con el rumbo nacional de ese momento, la provincia sanciona la ley 7658 que crea el Programa de Regularización Dominial. El art 9 de esta ley, detiene las sentencias de desalojos de tierras “poseídas por familias rurales y pequeños productores agropecuarios”.
Si bien la ley parece abordar por fin un conflicto viejo en la provincia: los títulos de las tierras y la precariedad de sector del pequeño campesinado, la letra chica termina no asegurando ningún derecho. Primero por la demora: siete años se tardó en reglamentar la ley, por lo que no hubo puesta en marcha del programa, simplemente por falta de voluntad política. Le correspondía al Ministerio de Desarrollo Económico y al Ministerio de ambiente y producción sustentable la aplicación para cumplir con algunos de los objetivos que expone la ley como por ejemplo “relevar, asesorar y acompañar a las familias rurales sobre las alternativas jurídicas a su favor para que se declare, en su caso, la adquisición del dominio de sus tierras por el transcurso del tiempo”. Finalmente en julio de este año (también en el marco de una prórroga del artículo 9 que suspende los desalojos) se sancionó el decreto correspondiente (N°1005) para efectivizar la ley.
Sin embargo hecha la ley, hecha la trampa: existe un decreto que para ser operativo pareciera necesitar otro decreto. Pues lo que hace éste para “efectivizar” el Programa de Regulación Dominial, es crear un registro de pequeños productores y familias rurales de la provincia (desaprovechándose la utilización del registro nacional que ya viene funcionando desde hace varios años), y exige para ello que las familias campesinas presenten una serie de documentación. He ahí la trampa, pues explícitamente el artículo 6 del decreto dice que toda esa documentación requerida “no implica prueba y/o presunción alguna de posesión y/o tenencia a favor del poseedor y/o tenedor que le pueda corresponder, por haber solicitado o estar tramitando juicio de usucapión”. En otras palabras, se crea un registro para campesinos, se les pide información que luego no les servirá como probatoria para el derecho a la tierra y no se aclara qué se hará con dicha información, ni mucho menos existe una cláusula que resguarde esa información que tendría el estado. Aún mas, en el mismo decreto, refiriéndose al registro y los pedidos de documentación expresa que “la anotación regulada será realizada sin perjuicio de los derechos de terceros” por lo que deja claro que el Estado no asume ninguna posición que asegure nada a los campesinos que se inscriban en este registro, ni que usará esta información para alguna acción concreta en pos de los títulos de las tierras que están habitando.
De la ley y su reglamentación lo único que en verdad resguarda al sector de familias campesinas y pequeños productores, es el ya mencionado artículo 9 que suspende los desalojos, que por otro lado es un artículo de “emergencia”. Es decir, no será prorrogado indefinidamente. Mientras tanto el estado salteño, hace caso omiso de su rol como regulador de las dinámicas territoriales. Lo de derechos humanos y protección a la identidad cultural son solo expresiones bonitas de la ley.
Zona de promesas
El conflicto de la tierra abre la discusión sobre la legitimidad de los “dominios”, que en la visión jurídica de nuestro país significa la tenencia de un título de propiedad privada. Esto deja de lado la historia y la tenencia de la tierra por el hecho de habitarla y “producirla” a una escala comunitaria o familiar, como es el caso de los pueblos originarios y de los pobladores criollos asentados en un territorio desde siempre. En cuanto a los pueblos originarios, las legislaciones han avanzado en el reconocimiento de derechos, con la creación de la figura de tierra comunitaria. No así en el caso del sector del campesinado criollo, que se encuentra desprotegido y el único mecanismo que puede llevar adelante para acceder a la tierra es el juicio de usucapión.
La cortina se corre y aparece en escena el viejo tema de la tierra por una situación particular: la reactivación del mercado de tierras. Dicha reactivación se da por motivos distintos según la zona. En la zona del chaco salteño, es consecuencia de la expansión agropecuaria y en la zona de los valles calchaquíes, de la actividad turística.
“(…) Esto lleva a los actuales titulares de dominio a buscar tomar posesión de las tierras para explotarlas, arrendarlas o venderlas ante el notable dinamismo del mercado que se reactiva y se impone prácticamente como mecanismo exclusivo de acceso a la tierra” , de libro La tierra sin mal (2013).
En la zona llamada del chaco salteño (departamentos San Martin, Rivadavia, Santa Victoria, Anta y parte de Metán), al tiempo que se desarrolla el conflicto por la posesión y los dominios de las tierras, se produce otro problema: el ambiental. Los desmontes y su consecuencia de costos climáticos y de calidad de vida no solo afectan a los habitantes rurales, sean poblaciones originarios o campesinos criollos, si no a la sociedad toda. Aunque desde 2007 existe la ley nacional 26331, conocida como “ley de bosques”, las categorizaciones de “lo desmontable”, las hacen los gobiernos provinciales. Nuevamente hecha la ley, hecha la trampa. El gobierno provincial autoriza desmontes bajo la carátula de PCUS (proyectos de cambios de uso del suelo), que en verdad es un eufemismo que oculta otra realidad: el desmonte casi total para actividades a gran escala de agricultura y ganadería, cuyas ganancias son para los particulares dueños de los “dominios de las tierras”. Por ejemplo, en el periodo 2008 – 2014 se desmontaron 465mil hectáreas en Salta, cálculo que se hace de los PCUS [1] lo cual permite suponer que a la fecha la cantidad de tierra desmontada es mayor.
Todos estos factores confluyen a la hora de pensar en la ley llamada de freno a los desalojos campesinos. Pues por un lado, un año de amparo legal para las familias campesinas y pequeños productores les permite asesorarse, organizarse y llevar adelante una estrategia como sector. Y por otro lado también puede ser un año donde se sigan aprobando proyectos de cambio de uso de suelo, moviendo categorías del bosque nativo y asegurando que los desmontes y los desalojos una vez vencido el plazo de emergencia, sean “legales”. Como ya expusimos, el decreto que reglamenta la ley deja en claro que ninguna de la documentación requerida a las familias rurales para la creación del registro provincial servirá como prueba de posesión de la tierra. En esta zona de promesas, entre los intereses económicos y las voluntades y conveniencias políticas, la única recompensa parece ser el tiempo.
Será un desafío el año que queda para el sector de pequeños campesinos. Desde el Movimiento Nacional Campesino Indígena (MNCI), que tiene presencia en la zona este de la provincia, Ignacio Garzarón uno de los referentes, decía a Vove: “Nos parece poco un año, pero que exista la ley y que se prorrogue, reconoce un conflicto. Lo importante es que se avance en un reconocimiento mas firme de la posesión y la propiedad campesina del territorio, como el estado nacional ya lo ha reconocido respecto a los pueblos originarios, reconocer también la forma de propiedad campesina. Que los territorios, que son “dominio” de privados, no están vacíos. Por eso vamos a seguir organizándonos”.
“Nos preocupan, en este tiempo sobre todo, las acciones represivas sobre las comunidades que se plantan defendiendo su derecho al acceso a la tierra.”
Y agregó: “si el conflicto está reconocido en la ley, y por ello se frena los desalojos, quiere decir que si hay conflicto eso no se puede resolver con violencia. Hay que resolverlo con dialogo, reconociendo de que hay derechos encontrados pero que deben hallar un punto de encuentro justo y que el Estado tiene un rol de mediador en esto. Por otro lado, el vaciamiento de políticas públicas para el sector que aborden el resto de la vida campesina que tienen que ver con la salud, la educación, el acceso al agua, a la producción, se han acortado con este gobierno nacional y eso habla del posicionamiento hacia el sector de pequeños campesinos”.
* Periodista, integrante de la cátedra abierta de Soberanía Alimentaria de la Universidad Nacional de Salta (UNSa).
Fuente: Vove