Polémico requisito para el ingreso al jardín de la UNSa que excluye a las infancias con discapacidad

Somos un grupo de más de una treintena de madres y padres de la comunidad universitaria con hijos usuarios del Jardín Materno Infantil de la UNSa (JMI-UNSa) en las distintas secciones y estamos organizados en defensa de nuestros derechos y el de nuestros niños y niñas en el jardín. Este año nos vimos sorprendidos al conocer un artículo por el que se excluyen a las infancias con discapacidad para el ingreso al jardín. Pues es indignante leer entre los requisitos para el ingreso y permanencia de los niños en el JMI que: “No podrán ingresar niños con patologías crónicas que requieran cuidados especiales o tratamientos con terapias para los cuales el personal no se encuentre preparado (…)”. Sin especificar a qué se consideran “patologías crónicas” , la postura de la gestión del JMI y la Secretaría de Bienestar dependiente de Rectorado, es no aceptar en primera instancia a las infancias con discapacidad, dejándolas sin la posibilidad de inclusión con sus pares.
Tales requisitos encabezan un formulario que se les brinda este año a las madres y padres usuarios del jardín que debe ser llenado y firmado en conformidad. Está claro que no podemos avalar tal declaración de discriminación y exclusión. Pues este requisito está totalmente a contrapelo de lo normado por la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad, que tiene rango constitucional en nuestro país (Ley Nac. 26.378 del año 2008). No está claro cuál es el criterio para aplicar este artículo. Amparados en éste, pueden rechazar o “recomendar” la no incorporación de un niño/a por motivos de discapacidad. Esto está prohibido en las instituciones educativas pues se considera un acto de discriminación, tal como se especifica en los considerandos de la Resolución CFE 311/16 del Consejo Federal de Educación de nuestro país.
Siguiendo con este ítem entre los requisitos mencionados, se pretende justificar la exclusión de estos niños y niñas argumentando que “(…) Se debe tener presente que las patologías especiales, deben ser atendidas por profesionales especializados en el área”. Cabe aclarar que en los sistemas educativos de régimen común debe garantizarse la inclusión de los/as alumnos/as con discapacidades y que los niños con discapacidad ,en el nivel que nos ocupa, no asisten a estos establecimientos para suplir algún tratamiento o terapia médica de rehabilitación; sino que asisten bajo los fines que las mismas instituciones persiguen: educación, sociabilización e inclusión como cualquier otro niño/a. El principio de educación inclusiva está normado a nivel nacional por la Ley de Educación Nacional N° 26.206 del año 2006 y la Resolución CFE 311/16 . Pues, las personas con discapacidad tienen derecho a estudiar en escuelas comunes y a recibir los apoyos que sean necesarios para aprender y participar. Si bien el JMI-UNSa no se encuentra registrado en el Ministerio de Educación, se encuentra dentro de una Universidad Nacional que, si bien es autónoma, tiene que regirse por la Ley de Educación Nacional.
Nos preguntamos qué debe interpretarse por “patologías crónicas”: ¿diabetes? ¿celiaquía?, ¿algún tipo de discapacidad motriz, visual o auditiva?¿Trastornos del Espectro Autista?¿ Síndrome de Down?¿Retrasos madurativos?… ¿Quiénes son los encargados de decidir si un niño/a presenta una “patología crónica” para recomendar su no inclusión en el Jardín de la UNsa?
Este ítem entre los requisitos no lo podemos avalar, atrasa varios años de lucha en materia de inclusión. Es lamentable que la negativa a la posibilidad de incorporación de un niño/a con discapacidad sea la primera respuesta por parte del JMI-UNSa. Es preciso derogar ese artículo en los requisitos de ingreso del JMI y, en todo caso, cambiar la reglamentación vigente en el sentido de la inclusión y con la participación de los padres mediante el Consejo Asesor Permanente que prevé el reglamento de funcionamiento del JMI-UNSa (Res. CS 246/87). Consejo que a la fecha no se ha constituido debido a que las autoridades no han posibilitado su conformación.
Un poco de historia del Jardín y de nuestras demandas…
Desde mediados del año pasado venimos demandando a la gestión del JMI por mayor comunicación formal con madres y padres de la comunidad universitaria que son usuarios del jardín y la garantía de que sea funcional a nuestras obligaciones en el campus de la UNSa, las que pueden ser por cursado o laborales. Pues éste es el espíritu del JMI-UNSa, inaugurado en 1976 y dependiente de la Sec. de BIenestar Universitario desde el año 1986, que se refleja del artículo 83 del Estatuto de la UNSa: “La Universidad procura un servicio de atención para los hijos pequeños de los miembros de la comunidad universitaria, de tal forma que esto redunde en la optimización del aporte de sus padres para la consecución de los fines y objetivos de la Universidad”. Sin embargo a partir de este año, dispusieron que los niños pueden asistir o bien en el turno mañana o en el turno tarde, sin atender las necesidades de las estudiantes que cursan en horas de la mañana y de la tarde, ni de los horarios laborales del personal, mujeres en su gran mayoría.
Esta disposición ya querían aplicarla con anterioridad a la pandemia y fue impuesta por cuestiones administrativas y no sanitarias, como lo aseguró el Director del C.O.E. presente en una reunión en noviembre pasado entre algunos padres convocados y la Sec. de Bienestar, la Directora del JMI-UNSa entre otros funcionarios de la UNSa. Así las cosas, las/los usuarias/os que por nuestras obligaciones debemos dar el almuerzo a los niños pequeños en el campus universitario, ya no podemos hacerlo en el comedor del JMI, cuya cocina está equipada con heladeras y un microondas adquiridos por la Asoc. Cooperadora de Padres del JMI-UNSa para que las madres/padres puedan conservar y calentar el almuerzo de sus hijos/as.
Ahora, el Rector en campaña dispuso que el JMI será gratuito, pero iniciado el ciclo 2022 las maestras deben solicitar colaboración a los padres con el aporte de papel higiénico y servilletas “porque aún no tenemos fondos asignados”. De hecho, iniciado el período de adaptación en los baños no había jabón para lavar las manitos de los niños, algo grave considerando el contexto sanitario.
Hay que destacar que en el JMI-UNSa funcionaba hasta diciembre del año pasado la Asociación Cooperadora de Padres, creada en 1986, con personería jurídica desde 1995 y auditada por la UNSa en reiteradas ocasiones. Esta cooperadora tuvo que disolverse con las nuevas disposiciones de gratuidad. Entendemos que si una asociación de padres funcionó tantos años en el JMI-UNSa es porque tuvo que suplir la falta de gestión y desfinanciamiento de muchas décadas. De hecho, la última y única obra de ampliación del JMI-UNSa data del año 1989, respondiendo a las necesidades de la comunidad universitaria de ese entonces… ¡Enhorabuena que el JMI tenga fondos propios! y que las/los usuarios en su mayoría estudiantes no abonen la mensualidad, que en todos los casos era muy inferior a una cuota de un jardín privado.
Nos preguntamos si se comprometerá la Universidad a responder en tiempo y forma con todo lo que la cooperadora cubría y financiaba (materiales didácticos, juguetes, insumos de librería y bibliografía para capacitación de personal, mobiliarios para salas, el seguro escolar de niños que se renueva todos los años, gastos generales de mantenimiento de las instalaciones, artículos de limpieza, servicios de limpieza, de fumigación y de lavandería, paseos-excursiones, etc).
En síntesis, quienes suscribimos la presente declaración sugerimos se atienda nuestras demandas.
Usuarixs Organizadxs del JMI-UNSa



