Causa Ríos y Asociados: “no existen argumentos jurídicos en la sentencia del Juez Arancibia”
Así lo manifestó la querella, tras la liberación de Cynthia Moya, la mujer sindicada como jefa de la financiera.
Cynthia Elizabeth Moya, principal acusada de la asociación que integró “Ríos&Asociados” donde captaba ahorros masivamente con la promesa de otorgar retornos del 100% en quince días, fue liberada este martes 25 de octubre, noticia que se conoció y que rápidamente cayó como balde de agua fría a los cientos de víctimas que fueron estafadas en Salta Capital y distintas localidades de la provincia.
Desde un sector de la querella rápidamente se encontró rechazo a la decisión del Juez Pablo Arancibia. “Es el primer caso de una fugitiva jefa de una organización criminal que estafó masivamente a una parte importante de la población en Salta que recibe un beneficio exclusivo para situaciones muy puntuales en el caso de personas sometidas a proceso”, indica Víctor Gomes, abogado de más de cien personas estafadas en San José de Metán. Además, expresó “estupor” ante una noticia que recibió la querella por los medios. “No nos corrieron la vista obligatoria para la víctima, por lo que es nula de raíz”, indicó y advirtió que la sentencia del Juez Arancibia “deviene arbitraria, y sin fundamentos técnicos y jurídicos”.
“Quisieron construir un relato desde el comienzo, hacer sentir que las estafas masivas no eran tales, se fugaron y hoy logran la liberación con un engaño procesal nunca antes visto”, asegura en referencia a la forma en que se trabó la liberación. La “maniobra”, según indica el letrado, consistió en que, primero un abogado se presentó como querellante de unas setenta personas, y luego se pasó a la defensa de Moya, para que esta tuviera acceso a los contratos de las víctimas.
“En el audio que el mismo abogado envía por redes reconoce que fue su estrategia. Estamos ante una estafa procesal sin precedentes” señaló Víctor Gomes, el abogado querellante de más de cien personas en San José de Metán. “Se reconoce el delito que imputó la Fiscalía”, consideró.
Sentencia arbitraria
“Para otorgar la prisión con detención domiciliaria el Código Penal de la Nación prevé casos especiales. Tal figura procede para personas condenadas a prisión o reclusión, y no para alguien que tiene prisión preventiva durante la investigación”, especifica el Dr. Gomes, quien manifestó “estupor” al conocer la noticia que se divulgó rápidamente por los medios de comunicación de Salta.
“A esta querella no le han corrido la vista necesaria que obligatoriamente establece el Código Procesal Penal de la Provincia de Salta”, se quejó.
Respecto de las acciones que van a corresponder, prefirió no adelantar la estrategia, pero advirtió “vamos a agotar todas las vías procesales y de derecho ante una sentencia arbitraria, injusta y carente de sentido de protección jurídica a las víctimas”.