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LIBERTAD CONDICIONAL PARA EL EX JUEZ RAÚL REYNOSO

El Tribunal Oral Federal de Salta ha decidido otorgar la libertad condicional al ex juez Federal de Orán, Raúl Reynoso, quien previamente había sido condenado a 13 años de prisión por concusión y prevaricato. La sentencia, emitida en mayo de 2019, aún no es firme, según la resolución judicial fechada ayer.

La decisión del tribunal se basa en la consideración de si Reynoso “reúne los presupuestos objetivos que lo habilitan para acceder a la excarcelación, en los términos del artículo 317, inciso 5) del CPPN“. Según esta norma, cuando el imputado ha cumplido un tiempo en detención que, de haber existido condena, le habría permitido obtener la libertad condicional, se puede conceder la excarcelación, siempre que se hayan seguido los reglamentos carcelarios.


El tribunal destaca que Reynoso, durante su tiempo en detención domiciliaria por motivos de salud, no tiene calificaciones negativas en su conducta penitenciaria. A pesar de haberle concedido prisión domiciliaria, las fuentes de la autoridad penitenciaria federal informan que su comportamiento fue ejemplar, sin sanciones disciplinarias.


Cabe recordar, que el imputado fue condenado en mayo de 2019 por siete hechos de pedidos de sobornos a personas que eran detenidas en su juzgado, para conceder beneficios como excarcelaciones o prisión domiciliaria.


Antes de tomar una decisión final, el tribunal ha solicitado informes a la Dirección de Inserción Social y Supervisión de Liberados. Estos informes, junto con evaluaciones psicológicas y psiquiátricas favorables a Reynoso, respaldan su comportamiento positivo durante más de un año y medio de detención domiciliaria.


Aunque el fiscal se opuso a la excarcelación, el tribunal desestimó sus argumentos, asegurando que se cumplen los requisitos legales para conceder el beneficio. Además, se descartó el hipotético peligro de fuga, ya que no está contemplado como causa de denegación de excarcelación según el artículo 317.5 del CPPN.


La resolución también ordena la extracción de huellas dactilares del excarcelado, la comunicación de la sentencia a organismos oficiales mediante oficio y el cese de la vigilancia electrónica que Reynoso tenía a través de un dispositivo en su tobillo.

Fuente: Multivisión Federal

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