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EL INDEC ELEVÓ LAS PENAS PARA QUIENES MANIPULEN DATOS ESTADÍSTICOS

La resolución 286/2023, publicada recientemente en el Boletín Oficial, deroga la resolución 8/2023 y actualiza los montos en un 112,84% desde enero de este año.

El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) ha decidido incrementar las multas para aquellos que no proporcionen información estadística o la manipulen. Ahora, el monto mínimo de la multa es de $3,089.65, el máximo alcanza los $306,564.79, y el monto máximo de inapelabilidad es de $6,284.19.

Este ajuste se basa en las variaciones de los índices de Precios Internos al por Mayor (IPM) del Sistema de Índices de Precios Mayoristas (SIPM) registrados entre el 1° de julio de 2022 y el 30 de junio de 2023.

Estas multas se aplican a individuos, empresas u organismos, tanto públicos como privados, que no proporcionen, falseen o produzcan con malicia la información necesaria para las estadísticas y censos del Sistema Estadístico Nacional (SEN).

La creación del Indec en 1968, mediante la ley 17.622, establece la obligación de suministrar datos e informaciones de interés estadístico a todos los organismos y reparticiones nacionales, provinciales y municipales, así como a personas y entidades públicas o privadas con presencia en el país.

La ley garantiza la confidencialidad de estos datos y su uso exclusivo para fines estadísticos, sin violar secretos comerciales o patrimoniales, ni identificar a personas o entidades específicas. Además, la ley establece sanciones para aquellos que no cumplan con estas obligaciones, con ajustes semestrales en los montos de las multas en función de la variación en el nivel general de precios al por mayor.

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