Elecciones del 26 de octubre: qué está prohibido y cuánto podés pagar

La Junta Electoral Nacional – Distrito Salta emitió un comunicado oficial recordando las prohibiciones, faltas y delitos electorales contemplados por el Código Electoral Nacional, con el objetivo de garantizar el orden, la transparencia y la normalidad durante los comicios legislativos nacionales del próximo domingo 26 de octubre.
De acuerdo con el artículo 71 del Código Electoral Nacional, durante la jornada electoral estarán prohibidas diversas acciones que podrían afectar el desarrollo del proceso democrático.
Durante el día de la votación y hasta tres horas después de su cierre, no se permitirá:
- Reuniones de electores o depósitos de armas dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
- Espectáculos populares, fiestas, eventos deportivos o reuniones públicas ajenas al acto electoral.
- Venta de bebidas alcohólicas, que estará prohibida desde las 20 horas del sábado 25 hasta tres horas después del cierre de los comicios.
- Portación de armas y uso de banderas, distintivos o divisas políticas.
- Actos de proselitismo, así como la difusión de encuestas o sondeos desde 48 horas antes del inicio de la votación.
- Apertura de locales partidarios a menos de 80 metros de los centros de votación.
- Tomar fotografías de la Boleta Única de Papel dentro del cuarto oscuro.
- Publicar encuestas, proyecciones o resultados durante el desarrollo del comicio y hasta tres horas después de su cierre.
La Junta Electoral recordó que las infracciones al Código Electoral pueden derivar en multas económicas o penas de prisión, según la gravedad del hecho.
Entre las faltas y delitos más frecuentes se destacan:
- No emitir el voto sin justificación válida.
- Portar armas, banderas o símbolos partidarios el día de los comicios.
- Difundir encuestas o realizar campaña fuera del plazo permitido.
- Organizar espectáculos o eventos públicos durante las horas de votación.
- Abandonar funciones electorales sin causa justificada.
- Obstaculizar el transporte de urnas o documentos oficiales.
- Vender bebidas alcohólicas durante el horario restringido.
- Inscribirse más de una vez en el padrón o usar documentación falsa.
- Falsificar documentos electorales o alterar resultados del escrutinio.
- Suplantar votantes, impedir el voto o violar el secreto del sufragio.
Las autoridades recordaron que el cumplimiento de estas normas es fundamental para garantizar la transparencia del proceso electoral y el respeto por la voluntad popular.
Cualquier infracción podrá ser denunciada ante las fuerzas de seguridad o la Justicia Electoral, que estarán de guardia durante toda la jornada.
Preguntas que suelen ser frecuentes:
¿Se puede tomar alcohol el día de las elecciones?
No. La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde 12 horas antes del inicio de los comicios y hasta tres horas después de su cierre.
¿Puedo usar una remera con símbolos de mi partido político?
No. Está prohibido portar banderas, divisas o distintivos partidarios durante toda la jornada electoral.
¿Se pueden difundir encuestas o resultados durante la votación?
No. Solo pueden publicarse tres horas después de finalizado el comicio.
¿Qué pasa si no voto y no justifico mi ausencia?
Se considera una falta electoral, que puede derivar en multas e inhabilitación para realizar trámites oficiales.
¿Puedo tomar una foto de mi voto?
No. Fotografiar la Boleta Única de Papel dentro del cuarto oscuro constituye un delito electoral, sancionado con una multa de $77.000.
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