Política

El Gobierno impulsa una reestructuración total del Ejecutivo: Crean la Jefatura de Gabinete y fijan un tope de 30 Secretarías

La Legislatura provincial recibió un proyecto de ley que impulsa una reestructuración integral del Poder Ejecutivo, con cambios que buscan redefinir funciones, jerarquías y alcances de cada área del Gobierno.

La iniciativa crea formalmente la Jefatura de Gabinete de Ministros, fija un máximo de 30 Secretarías de Estado y otorga al Gobernador amplias facultades para reorganizar el organigrama y el presupuesto.

El proyecto establece un marco actualizado para las atribuciones del Gobernador, el Vicegobernador, el Jefe de Gabinete, los ocho ministerios, el Secretario General de la Gobernación y las distintas Secretarías y Subsecretarías.

Según el texto, el Gobernador mantendrá la conducción de la función gubernativa (formulación y dirección de políticas públicas) y de la función administrativa como responsable máximo de la Administración Pública. Estará asistido por el Jefe de Gabinete, los ministros y el Secretario General.

Entre sus nuevas atribuciones específicas se incluyen:

  • Supervisión de empresas estatales y entes descentralizados.
  • Decisiones sobre designaciones, contrataciones y escalas salariales en toda la administración.
  • Centralización de la liquidación de haberes provinciales.
  • Aprobación de cambios en estructuras de la Administración Central y organismos descentralizados.

El Gobernador también conserva la representación de la Provincia ante la Nación, otros gobiernos y organismos internacionales, con facultades para negociar convenios y tratados.

El proyecto redefine al Vicegobernador como el vínculo institucional entre el Ejecutivo y las Cámaras Legislativas. Podrá exponer medidas de gobierno si el Gobernador lo solicita y reemplazará al titular del Ejecutivo ante ausencias temporales, incapacidad o vacancia definitiva del cargo. Además, se le habilita la participación en reuniones de gabinete.

La iniciativa fija un régimen estricto de incompatibilidades para todas las autoridades superiores del Ejecutivo. Mientras ejerzan funciones, no podrán desarrollar actividades comerciales, profesionales o empresariales vinculadas con organismos o empresas públicas, ni intervenir en gestiones donde la Provincia o los municipios sean parte. Solo se admite la docencia como excepción.

La nueva estructura del Gabinete

El orden de prelación de las carteras queda establecido de la siguiente manera:

  1. Jefatura de Gabinete de Ministros
  2. Gobierno y Justicia
  3. Economía y Servicios Públicos
  4. Desarrollo Social
  5. Educación y Cultura
  6. Salud Pública
  7. Producción y Minería
  8. Turismo y Deportes
  9. Seguridad

Cada una de estas áreas, junto a la Secretaría General de la Gobernación, tendrá competencias comunes como la elaboración de proyectos normativos, la administración de recursos, el refrendo de actos del Gobernador y la representación del Ejecutivo ante la Legislatura.

La Secretaría General actuará como soporte administrativo y técnico del Gobernador: despacho de asuntos, control legal de actos públicos, registro de leyes y decretos y producción de estadísticas, censos e investigaciones.

El proyecto detalla, además, competencias particulares:

  • Jefatura de Gabinete: coordinación general, relaciones con municipios, planificación de obras, catastro, tierras fiscales y difusión institucional.
  • Gobierno y Justicia: vínculos con el Poder Legislativo, partidos políticos, organizaciones de la sociedad civil, cultos, identificación, defensa del consumidor, Derechos Humanos y políticas laborales.
  • Economía y Servicios Públicos: recaudación, presupuesto, política tributaria, administración financiera, modernización del Estado y control de contrataciones.
  • Desarrollo Social: políticas para sectores vulnerables, infancia, juventud, comunidades originarias, género, programas sociales y regularización de tierras.
  • Educación y Cultura: sistema educativo, formación docente, ciencia, tecnología, diseños curriculares, evaluación de calidad y promoción cultural.
  • Salud Pública: regulación del sistema sanitario, políticas preventivas, red hospitalaria, campañas, control de alimentos y agua, salud mental y discapacidad.
  • Producción y Minería: industria, comercio, minería, hidrocarburos, energía, recursos hídricos, ambiente y áreas protegidas.
  • Turismo y Deportes: promoción turística, articulación con municipios y clubes, desarrollo de actividades deportivas.
  • Seguridad: prevención del delito, coordinación con fuerzas nacionales, seguridad vial y respuesta ante emergencias.

Límite a las Secretarías de Estado

El Gobernador podrá crear Secretarías y Subsecretarías según las necesidades del Ejecutivo, pero con un tope máximo de 30 Secretarías de Estado. Sus funciones se determinarán por decreto.

Derogaciones y disposiciones transitorias

El proyecto contempla:

  • La autorización al Ejecutivo para realizar reestructuraciones orgánicas y presupuestarias.
  • La derogación de las leyes provinciales N° 8171 y N° 8274.
  • La entrada en vigencia al día siguiente de su promulgación.

La iniciativa abre paso a una de las reformas administrativas más amplias de los últimos años, con impacto directo en la organización interna del Gobierno y en la futura definición de políticas públicas en la provincia.

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