Salta

LA MUNICIPALIDAD ESTABLECIÓ LAS NORMATIVAS PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE PIROTECNIA

Se discutieron los procedimientos de habilitación comercial para este sector, subrayando la prohibición, según la Ordenanza municipal, de poseer, utilizar o comercializar pirotecnia generadora de sonoridad.

En preparación para las festividades de Navidad y Año Nuevo, se llevó a cabo una reunión en las oficinas de la Agencia de Recaudación Municipal entre comerciantes especializados en pirotecnia, representantes de los Bomberos de la Provincia y funcionarios municipales de ARMSa. El propósito principal fue discutir los procedimientos de habilitación comercial para los negocios de pirotecnia, considerando la naturaleza de alto riesgo de esta actividad.

La reunión fue dirigida por Alejandro Levín, titular de la Agencia de Recaudación Municipal, quien destacó la importancia del trabajo conjunto con los Bomberos de la Provincia en temas relacionados con la seguridad de esta actividad comercial.

Se recordó a los presentes que, según la Ordenanza Municipal N°15.546, queda estrictamente prohibida la tenencia, uso y comercialización de pirotecnia con capacidad para generar sonoridad. Sin embargo, se aclaró que se permite el uso y la venta de artículos pirotécnicos de bajo riesgo, como aquellos que producen efectos luminosos o fumígenos, y que no son susceptibles de ser exportados en masa.

En cuanto a los trámites de habilitación, se informó que estos deben iniciarse a través de Salta Activa y no están sujetos a la modalidad de Habilitación Automática debido a la consideración de esta actividad como de alto riesgo, según explicó Rodrigo Fernández, subsecretario de Habilitaciones Comerciales.

Los requisitos para la habilitación de comercios dedicados a la venta de pirotecnia incluyen la presentación de copias del D.N.I para personas físicas, estatuto o contrato social en el caso de personas jurídicas, constancia de CUIT de AFIP, constancia de inscripción de la actividad comercial en la D.G.R. (F901 DGR), plano aprobado de arquitectura y eléctrico, título que acredite la legítima ocupación del inmueble, certificado de seguridad emitido por Bomberos de la Policía de Salta, póliza de seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva y certificado de desinfección.

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