Salta

LA UTILIZACIÓN DEL LIBRO DIGITAL DE SUELDOS Y JORNALES YA ES OBLIGATORIA

En primera instancia la implementación fue voluntaria, pero desde el 1 de diciembre es obligatorio para los CUIT finalizados entre 1 y 4, mientras que aquellos con dígitos finales del 5 al 9 deberán adherirse a partir del 1 de marzo del próximo año.

La obligatoriedad de utilizar el sistema digital como soporte para el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Salta, conforme al artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, fue oficializada mediante la resolución 649/23 del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Trabajo, y entró en vigencia el 1 de diciembre.

Para cumplir con esta normativa, los empleadores deben seguir una serie de pasos, que incluyen la generación de una clave fiscal, la vinculación de claves fiscales, el ingreso al servicio “Libro de Sueldos Digital” en la página web de AFIP, y la realización de las liquidaciones periódicas de haberes para cada trabajador. Además, se deben cargar estas liquidaciones en el Libro Especial de Sueldos y Jornales de la Provincia de Salta, validar y aceptar las liquidaciones, generar el pago del arancel por el servicio administrativo laboral, y emitir y almacenar digitalmente la constancia certificada del pago durante el plazo de prescripción.

Esta medida busca simplificar el proceso de cumplimiento de obligaciones para los empleadores, eliminando la necesidad de acudir personalmente a las oficinas de la Secretaría de Trabajo para rubricar la documentación del artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo, lo que se traduce en un ahorro significativo de tiempo y recursos.

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