Provincias

LEY PROVINCIAL CONTRA EL BULLYING: UN PASO FIRME HACIA LA PROTECCIÓN ESCOLAR

La nueva legislación, ya oficializada en el Boletín Oficial, define el Bullying como toda acción u omisión que implique agresión, maltrato, hostigamiento reiterado, violencia verbal, física y psicológica, así como discriminación con la intención de infligir daño.

El Senado y la Cámara de Diputados han dado un paso significativo en la protección de los estudiantes al promulgar la Ley Nº 8406, destinada a detectar, prevenir, sancionar y erradicar el acoso escolar, más conocido como Bullying.

La normativa, ahora en vigor, establece roles y responsabilidades claros para docentes y autoridades educativas. Se destaca la obligación de tomar medidas de protección y prevención, mantener una comunicación frecuente con los padres en casos detectados, implementar un protocolo de acción, documentar e informar los casos al Ministerio de Educación.

Además, se enfatiza en el desarrollo de actividades de concientización en la comunidad y la garantía de asesoramiento psicológico para los alumnos involucrados en el conflicto.

El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, por su parte, implementará acciones complementarias que abarcan campañas de difusión, métodos de resolución de conflictos, modificaciones en pautas culturales, capacitación a la comunidad educativa, desarrollo de un Protocolo de Acción para las escuelas, y la elaboración de encuestas e informes anuales sobre las incidencias del Bullying.

Es fundamental destacar que el personal docente que tolere o consienta el acoso escolar será pasible de medidas disciplinarias según lo estipulado en la nueva ley.

Artículos Relacionados

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Volver al botón superior