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Un acosador exhibicionista irá a juicio por mostrar sus genitales a una niña en Metán

El fiscal penal 2 de Metán, Gonzalo Gómez Amado, requirió juicio para Milagro César Teseyra por el delito de exhibiciones obscenas.

El sexagenario fue denunciado en enero de este año por una vecina colindante, quien relata que su hija de 11 años se encontraba levantando la ropa de la soga cuando Teseyra salió del baño desnudo y le exhibía ostensiblemente sus partes íntimas.

La niña llorando le avisó a su madre, quien se dirigió al patio separado por un alambrado y el acusado apareció nuevamente desnudo y al encontrarse con la mujer, se sorprendió y le dijo que se estaba bañando.

Todo lo denunciado fue ratificado por la niña en cámara gesell y por su madre en la declaración en sede fiscal.

¿Cómo actuar ante el acoso de un exhibicionista?

El exhibicionismo un delito que trata de proteger la indemnidad sexual de menores e incapaces. No tiene que ver el concepto que socialmente se tenga de lo que es obsceno o inmoral, sino que el comportamiento dañe o haga peligrar, la indemnidad sexual de un menor o un incapaz. Es necesario, por lo que dice la normativa penal, que el perjudicado por el delito sea un menor o un incapaz, e incluye tanto la conducta que realiza directamente el exhibicionista como la que lleva a cabo otra persona por mandato del primero. Pero se necesita que el exhibicionista intente provocar sexualmente a la víctima para que sea delito.

¿Podría considerarse un intento de agresión sexual? 

Sí, hay distintos tipos de agresión sexual que son atentados a la libertad sexual, con violencia o intimidación. Es un delito más grave, que exige atentado a la libertad sexual: tocamientos, acceso carnal, introducción de objetos… y con los subtipos agravados del artículo 180.

Si está desnudo o se toca. Penalmente no existe ninguna diferencia de si se muestra solo desnudo o también se toca. Ambas conductas pueden ser delito, en función de si enfrente está un menor o incapaz y en función de la intencionalidad del autor.

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