ANMAT PROHIBIÓ DOS GOLOSINAS CON CHOCOLATE Y MANÍ
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes a través de su publicación en el Boletín Oficial, una barra de chocolate y un chocolate negro.
La disposición 3998/2023 estableció la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos:
“Barra de chocolate con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, Contenido neto: 75 gr., RNE 02-041604 y RNPA en trámite, Certificado de habilitación municipal N° 21205, Calle 39 N° 1618, La Plata” y “Chocolate negro con maní, sabor chocolate con maní, libre de gluten Sin TACC, RNE/ RNPA: en trámite” en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Después de un análisis exhaustivo de las etiquetas de los productos por parte de DIPA (Dirección de Inspección de Productos Alimenticios), se ha concluido que tanto el Certificado de habilitación municipal N° 21205 como el número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) mencionado corresponden a otra empresa que no posee la autorización necesaria para elaborar alimentos sin gluten.
Además, determinó la prohibición de la elaboración, fraccionamiento, comercialización, conservación, transporte, expendio, exhibición, y tenencia del producto de los productos rotulados con la marca “LATTE CHOCOLATE” con “RNE N°02- 041.604″, y/o con registros de RNE y RNPA “en trámite” en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, por las razones antes expuestas.
Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República.