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El Gobierno te espía hasta el bolsillo: ARCA exige justificar transferencias digitales desde $400.000

El gobierno nacional ha implementado un nuevo régimen de información obligatoria que afecta a las plataformas de administración de cuentas virtuales, billeteras digitales, servicios de inversión y financiamiento.

Con medidas que muchos califican de excesivas, la resolución obliga a estos actores a compartir datos sensibles de los usuarios con el Estado, generando fuertes cuestionamientos sobre su constitucionalidad y alcance.

¿Qué establece la nueva normativa?

De acuerdo con la disposición oficial, las plataformas deberán informar:

1. Nómina de cuentas de cada cliente: Incluyendo tipo, número, CVU, identificación de titulares e involucrados.

2. Movimientos financieros: Detallando ingresos y egresos en cuentas virtuales y bancarias, siempre que superen los $400.000 en pesos argentinos. En el caso de transferencias, el umbral asciende a $1.400.000, con la obligación de especificar el origen y destino (CBU o CVU).

3. Saldos mensuales superiores a $700.000: Incluyendo equivalencias en criptomonedas o moneda extranjera.

En términos prácticos, cualquier persona que pague un alquiler, salde deudas o realice compras en el supermercado podría quedar bajo el radar de las autoridades fiscales.

El riesgo de criminalizar el consumo cotidiano

Si bien el gobierno justifica estas medidas como un mecanismo de lucha contra la evasión fiscal, el impacto sobre la población es evidente. ¿Acaso quien llena un carrito de supermercado o abona el alquiler debe ser considerado un evasor potencial? Este nivel de vigilancia masiva no solo afecta a grandes contribuyentes, sino también a ciudadanos de clase media, cuyos ingresos se ven continuamente erosionados por la inflación.

Los montos establecidos como umbral ($400.000 o $1.400.000 en transferencias) resultan desproporcionados en un país donde el salario promedio ronda los $300.000, según los últimos datos del INDEC. Esto implica que gran parte de la población activa podría quedar bajo la lupa de la AFIP.

Un posible conflicto con la Constitución Nacional

El artículo 19 de la Constitución Argentina consagra el principio de privacidad, estableciendo que “las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden ni a la moral pública están reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”. Además, el artículo 75 inciso 22 protege el derecho a la intimidad a través de tratados internacionales de jerarquía constitucional, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La obligación de las plataformas de reportar detalles específicos sobre las transacciones de sus clientes podría interpretarse como una violación de estos derechos.

El análisis y almacenamiento de esta información masiva no solo es intrusivo, sino que genera preocupaciones sobre la seguridad de los datos y posibles filtraciones.

Un precedente peligroso

Este tipo de medidas pone en jaque la confianza en el ecosistema financiero digital, uno de los sectores más dinámicos de la economía argentina. Al obligar a las plataformas a actuar como agentes fiscales, el gobierno no solo desincentiva la inclusión financiera, sino que también genera un clima de inseguridad jurídica para usuarios y empresas.

¿Control fiscal o abuso de poder?

El alcance de estas disposiciones, afectan derechos fundamentales y colocan una carga desproporcionada sobre ciudadanos comunes. En un país que atraviesa una crisis económica profunda, el Estado debería priorizar políticas que fomenten el crecimiento y no aquellas que generan desconfianza y temor.

El gobierno parece no tener límites al momento de controlar a los pequeños consumidores.

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