Comercializaban bidones con Escherichia Coli y otras bacterias nocivas en la ciudad de Buenos Aires

Pidieron juicio oral para empresarios que vendieron agua contaminada con bacterias peligrosas.
La fiscal federal Alejandra Mángano solicitó la elevación a juicio oral de los responsables de tres empresas acusadas de adulterar y comercializar agua no apta para el consumo humano en la Ciudad de Buenos Aires.
Los análisis realizados en los productos confirmaron la presencia de bacterias coliformes y Escherichia Coli, lo que representaba un grave riesgo para la salud pública.
Los imputados son Gustavo Carmelo Russo (48), representante de la firma “Soda la Generosa SRL”; Romina Aguirre (45), de la compañía “Blue 480 SRL”, conocida comercialmente como “Reino del Hielo”; y Carlos Alberto Bonavoglia (55), responsable de la empresa “Carlos Alberto Bonavoglia S.R.L.”.
De acuerdo con la investigación, los tres empresarios habrían almacenado y distribuido agua contaminada, infringiendo la normativa vigente y disimulando su carácter nocivo.
La investigación y los allanamientos
La causa se inició a partir de la denuncia de una asociación civil que alertó sobre irregularidades en la comercialización de agua envasada. En respuesta, la fiscalía solicitó allanamientos en diciembre de 2023 a las plantas de producción y almacenamiento de las firmas implicadas. Las muestras extraídas fueron analizadas por la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria y el Laboratorio de Investigación y Monitoreo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que confirmaron la presencia de bacterias peligrosas.
Los informes químicos y microbiológicos determinaron que el agua distribuida no cumplía con los requisitos establecidos en el Código Alimentario Argentino. Entre las bacterias halladas se encontraron Escherichia Coli, coliformes y Pseudomonas Aeruginosa, todas potencialmente dañinas para la salud humana.
El peligro para la salud pública y la imputación
La fiscal Mángano sostuvo en su requerimiento que los acusados deben ser juzgados por el delito previsto en el artículo 201 del Código Penal, que sanciona con penas de 3 a 10 años de prisión a quienes vendan, suministren o distribuyan productos peligrosos para la salud, ocultando su carácter nocivo.
Según la fiscalía, los empresarios tenían pleno conocimiento de que el agua comercializada no cumplía con las normas de salubridad y, aun así, continuaron con su distribución, poniendo en riesgo la salud de los consumidores. En este sentido, la representante del Ministerio Público destacó que la comercialización de estos productos violaba normas sanitarias y constituía un riesgo concreto para la población.
El caso avanza ahora hacia la instancia de juicio oral, donde se determinará la responsabilidad de los imputados. La causa reabre el debate sobre los controles sanitarios en la industria de aguas envasadas y la necesidad de reforzar las medidas de fiscalización para evitar nuevos episodios que comprometan la salud pública.
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